Publicaciones

La Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado (DIFROL) autoriza el ingreso al país de mapas, cartas geográficas y otras obras relacionadas con los límites internacionales y las fronteras de Chile. Asimismo, revisa estos materiales antes de autorizar su edición y circulación dentro del país.

Si un impreso o documento incluye mapas o cartas geográficas que afecten al territorio nacional, la revisión se limitará a dichos mapas o cartas y a los textos relacionados con ellos.

Se entiende por publicación u obra, entre otros, mapas, diccionarios, enciclopedias, globos terráqueos, textos y folletos editados en medios convencionales, ópticos, magnéticos, digitales y geoportales.

Para cumplir con estas disposiciones legales, toda publicación de este tipo, sin importar su origen, edición o formato, deberá seguir uno de los siguientes procedimientos:

  • Procedimiento para obtener la autorización de circulación de obras o publicaciones editadas en Chile.
  • Procedimiento para obtener la autorización de circulación de obras o publicaciones editadas en el extranjero.
  • Procedimiento para la internación de obras o publicaciones consideradas ejemplares únicos.

Autorización de Circulación de Obras editadas en Chile o en el extranjero

Obras o publicaciones editadas en Chile

Solicitud de Circulación

El interesado deberá presentar una Solicitud de Circulación a la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado (DIFROL) del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la cual acompañará un ejemplar de la obra o publicación que se desea distribuir dentro del territorio nacional.

Se recomienda presentar la solicitud durante la etapa de preparación de la obra, o cuando se disponga de una prueba de imprenta.

Revisión

Si durante el procedimiento de revisión de la obra no se encontrasen observaciones, DIFROL emitirá una Resolución de Circulación, mediante la cual autorizará su distribución dentro de Chile.

Memorándum de Observaciones

Si al revisar la obra se encuentras observaciones, DIFROL entregará un Memorándum en el que indicará las correcciones que se deberán realizar en la maqueta de la obra para publicación.

Resolución de Circulación

Cuando las correcciones hayan sido realizadas y verificadas, DIFROL dictará la Resolución de Circulación correspondiente, autorizando su distribución dentro del territorio de Chile.

Obras o publicaciones editadas en el extranjero

Solicitud de Internación

El interesado deberá enviar una Solicitud de Internación en la que se indicarán los siguientes antecedentes :

Nombre de la obra o mapa, número de tomos; autor, editor, año de impresión y lugar de origen; cantidad de ejemplares a internar; Nº de Registro de Importación y fecha (de preferencia copia del Informe de Importación).

Orden de Internación

Una vez recibida la solicitud con la información indicada en el párrafo anterior, DIFROL emitirá una Orden de Internación con el objeto de que el interesado pueda retirar el material desde las oficinas postales o aduaneras, únicamente con el fin de someterlo a revisión en DIFROL.

Revisión

Para dar curso al procedimiento de Revisión el interesado deberá presentar a DIFROL un ejemplar de la obra internada.

Memorándum de Observaciones

Si al revisar la obra se encuentran observaciones, DIFROL entregará un Memorándum que indicará las correcciones que se deberán realizar en todos los ejemplares internados. Una vez realizadas las correcciones, DIFROL las verificará por medio de un control. Posteriormente, dictará una Resolución de Circulación que autorizará su distribución dentro del territorio nacional.

Resolución de Circulación

Si una vez revisada la obra o publicación no se encuentran observaciones, DIFROL emitirá una Resolución de Circulación, por medio de la cual se autorizará su circulación dentro del territorio nacional.

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Autorización para la internación de obras con referencias a los límites internacionales y fronteras de Chile

Internación de obras o publicaciones consideradas ejemplares únicos

Importación:

En el caso de que una persona natural o jurídica importe ejemplares únicos de una obra (se considera un máximo de tres ejemplares para uso personal), los que por su contenido queden sujetos a la normativa vigente, la Aduana o la oficina postal correspondiente los retendrá y luego los remitirá a DIFROL para su revisión. En tal caso el Servicio de Aduana o la oficina postal correspondiente deberá adjuntar los siguientes antecedentes:

Individualización de la obra:

  • Nombre, Nº de Rol Único Tributario (RUT) y dirección del interesado.
  • Número y fecha del Acta de Aforo (envío postal).

Memorándum de Observaciones:

Si al revisar el ejemplar único se encuentran observaciones, DIFROL dejará constancia de estas en un Memorándum que será entregado al interesado. Asimismo, se estampará en cada ejemplar internado un timbre con la leyenda “Prohibida su Circulación y Difusión dentro del Territorio Nacional, artículo 4º D.S. Nº 566 del 12/08/1970”.

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